lunes, 9 de febrero de 2015

QUE HACER EN CASO DE EMERGENCIA?

#CU4RT4RIC4 SIEMPRE EN TODAS LAS INDICACIONES DE QUE HACER EN CASO DE INCENDIO O EMERGENCIAS SE DISPONE DE VARIAS ACCIONES PARA REALIZAR POR PARTE DE LAS PERSONAS O EMPRESAS, PERO SI SE DAN CUENTA EN NINGUNA DE ESTAS SE DA LA INSTRUCCIÓN DE LLAMAR A LOS ORGANISMOS DE EMERGENCIA Y ES AHÍ DONDE NOS ENCONTRAMOS CON LA PREGUNTA: QUIEN LO HACE? POR ESTA RAZÓN QUEREMOS DECIRLES QUE LO PRIMERO QUE SE DEBE REALIZAR ES LLAMAR A LOS EQUIPOS DE EMERGENCIAS CONSIDERADOS EN EL MANUAL MULTI-INSTITUCIONAL DE LA EMERGENCIA QUE EXISTE EN NUESTRO PAÍS Y QUE HASTA LA FECHA DE HOY SE ENCUENTRA VIGENTE EN DONDE CADA INSTITUCIÓN TIENE CLARIDAD EN LOS TRABAJOS QUE DEBE DESARROLLAR. ESTE MANUAL CONTEMPLA EL ABC DE LA EMERGENCIA (A=AMBULANCIA, B=BOMBEROS Y C=CARABINEROS). http://www.bomberos.cl/php/ABC_de_la_emergencia.php POR ESTO, SI ESTAS EN PRESENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRANSITO, ATROPELLO, ACCIDENTE VEHICULAR, EMERGENCIA CON PRESENCIA DE MATERIALES PELIGROSOS, PERSONAS ATRAPADAS, PERSONAS CON EXTREMIDADES ATRAPADAS, FUEGO EN ESTRUCTURAS, PASTOS, BASURAS Y/O CUALQUIER OTRA EMERGENCIA QUE CONSIDERES NECESITEMOS CONCURRIR, DEBES LLAMAR AL NIVEL 132 PARA SOLICITAR QUE CONCURRAMOS A LA BREVEDAD. PARA ESTO DEBES TENER CLARIDAD DE QUE TIPO DE EMERGENCIA SE TRATA, CUAL ES LA DIRECCIÓN DONDE SE ESTÁ PRODUCIENDO Y CUALQUIER INFORMACIÓN ADICIONAL QUE AYUDE A QUE NUESTROS EQUIPOS SE ESTEN PREPARANDO EN EL TRAYECTO HACIA DONDE NOS SOLICITARON. RECUERDA, NO SOLO DEBES LLAMAR A CARABINEROS Y/O AMBULANCIA EN UNA EMERGENCIA, TAMBIEN DEBES LLAMARNOS A NOSOTROS.

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